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Caducidad por falta de uso y alimentos funcionales

El asunto coreano Wonkiso analiza si un alimento funcional con probióticos acredita uso para los productos registrados.

Ilustración de caducidad por falta de uso y complementos alimenticios

El procedimiento coreano

El Tribunal de Patentes de Corea anuló el 11 de septiembre de 2025 la resolución de cancelación en el asunto 2025Heo10297. El licenciatario exclusivo utilizaba Wonkiso en un alimento funcional con probióticos. Tras la solicitud de cancelación de 27 de diciembre de 2023, el IPTAB había considerado, el 6 de febrero de 2025, que no se acreditaba uso para los productos pertinentes.

Marca Wonkiso registrada con el número 917272
Marca Wonkiso registrada con el número 917272

Identidad comercial, no mera similitud

El artículo 119.1.3 de la ley coreana se refiere a la falta injustificada de uso en Corea durante al menos tres años consecutivos anteriores a la solicitud. Los productos deben ser los designados o comercialmente idénticos; la simple similitud no basta. La identidad del signo no se discutía. Se debatía si el producto era una preparación para favorecer la evacuación o aliviar el estreñimiento. No se alegó judicialmente uso para alimentos dietéticos medicinales.

Productos anteriores de Wonkiso y el producto multibiótico del litigio
Productos anteriores de Wonkiso y el producto multibiótico del litigio

Interpretación de los productos

La fecha de referencia era la decisión de registro de 2012. El término equivalente a preparación no era una categoría definida por la legislación farmacéutica y los productos no figuraban en la Farmacopea de Corea. Las categorías administrativas responden a criterios distintos y no delimitan automáticamente una lista de productos marcarios. También se examinaron productos que habían pasado de medicamentos a alimentos funcionales.

Indicación de alimento funcional en el envase
Indicación de alimento funcional en el envase

Clasificación y mercado

La clasificación de 2012 incluía suplementos dietéticos o para la salud en la clase 5; posteriores textos incorporaron expresamente fibra, probióticos y alimentos funcionales. Los registros contrarios en la clase 29 y las explicaciones referidas a medicamentos eran orientativos, no definitivos. La función, calidad, proveedores, venta por internet y farmacias, y consumidores interesados en el tránsito intestinal sustentaban la identidad comercial.

Resultado y alcance

El uso nacional del licenciatario exclusivo dentro del período de tres años resultó suficiente. Se rechazó la objeción de venta de medicamentos sin autorización por partir de una interpretación demasiado estrecha. No fue necesario resolver la alegación adicional de licencia no exclusiva implícita. El fallo no exime genéricamente de autorizaciones ni equipara cualquier complemento con cualquier producto medicinal.

Organización de la prueba

Conviene relacionar envases fechados, ventas, declaraciones de fabricación y descripciones técnicas para identificar quién usó la marca, cuándo, dónde y para qué producto. Al modificar la gama comercial, debe revisarse la cobertura y la necesidad de nuevas solicitudes. La sentencia trata del uso marcario, no de una infracción ni de la licitud general de las ventas.

Se conservan las indicaciones y formas originales; el contenido se explica en el texto.

Leer el original coreano

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