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Reanudación de ventas en Coupang tras una denuncia de marca

Un adorno de sobremesa volvió a venderse dos días después del encargo a IPLEX. El análisis vinculó el nombre, el uso del producto y las pruebas de la ficha de venta conforme al Derecho coreano.

Caso de reanudación de ventas en Coupang: adorno de sobremesa, dos días después del encargo

De la segunda notificación a una respuesta documentada

El vendedor había presentado inicialmente sus propias explicaciones a Coupang. Tras recibir un segundo correo relativo a la suspensión, encargó el asunto a IPLEX. El producto era una escultura cinética de sobremesa: unas varillas montadas sobre una base negra cuyo movimiento se contempla con finalidad ornamental.

La marca registrada y el nombre del producto compartían caracteres, aunque el nombre utilizado incluía una sílaba adicional en su parte central. IPLEX examinó esa diferencia junto con la estructura, la función y la presentación del objeto. Las ventas se reanudaron dos días después de recibir el encargo.

Fotografía original del adorno de sobremesa, con varillas móviles sobre una base negra.
Fotografía original del adorno de sobremesa, con varillas móviles sobre una base negra.

Una sílaba adicional no decide por sí sola

En Corea, la protección de una marca puede alcanzar signos similares utilizados para productos idénticos o similares. Que una búsqueda no revele una marca exactamente igual no basta para concluir que el nombre puede utilizarse.

Se valoraron la apariencia, la pronunciación y el significado, tanto el cambio de longitud y ritmo como las coincidencias iniciales y finales. El consumidor suele encontrarse con los signos en momentos distintos; cuentan la impresión de conjunto y el posible riesgo de confusión sobre el origen empresarial.

La función del nombre en la ficha de venta

La denominación controvertida aparecía junto a expresiones sobre la escultura móvil, el movimiento de las varillas y su colocación en interiores. Se examinó si identificaba una procedencia empresarial o describía la forma y el funcionamiento del producto.

La posición, el tamaño y el texto circundante influyen en esa percepción. Una palabra dentro de una explicación puede cumplir una función distinta de la misma palabra destacada repetidamente como logotipo. El informe analizó el nombre completo y las fotografías, sin eliminar una sílaba para comparar una denominación que nunca se había utilizado.

La función real del objeto frente a su etiqueta comercial

Los productos designados en el registro incluían juguetes, artículos para juegos de interior y aparatos de entretenimiento. La ficha, las fotografías del objeto colocado sobre muebles y la documentación de compra respaldaban su presentación como adorno destinado a contemplar su aspecto y movimiento.

La decoración y el entretenimiento no son categorías necesariamente excluyentes. También hay juguetes para adultos y objetos de función mixta. Se examinó si el uso principal consistía en manipularlo para jugar o en colocarlo en una habitación para observarlo, atendiendo a lo que acreditaban los documentos.

El número de clase no determina la similitud

El artículo 38.3 de la Ley de Marcas de Corea distingue la clasificación administrativa de la delimitación de productos similares. Estar en clases diferentes no descarta automáticamente la similitud, ni compartir clase la demuestra.

Deben considerarse los materiales, la forma, el uso principal, los sectores de producción y venta y el público destinatario. El informe contempló el posible solapamiento entre artículos decorativos y recreativos, sin basarse únicamente en la categoría elegida por el vendedor.

El uso descriptivo depende de cómo se presenta

El artículo 90.1.2 de la Ley de Marcas de Corea limita los efectos del derecho respecto de determinadas indicaciones ordinarias de características como la forma, la finalidad o el modo de uso. El significado descriptivo de una palabra no basta: importan su relación con el producto y su empleo concreto.

IPLEX examinó esta disposición en la medida en que la expresión describiera de manera habitual la forma y el movimiento de las varillas. Se distinguió entre cuestionar el alcance del derecho frente a ese uso específico y sostener que la marca registrada era inválida.

Relacionar cada prueba con la cuestión que acredita

Se ordenaron la marca registrada y sus productos designados, la ficha real de venta, la estructura y el uso del objeto y la documentación de compra. Cada elemento se vinculó con la comparación de signos, la relación entre productos o el carácter descriptivo del uso.

El informe sostuvo que, atendiendo a los materiales y circunstancias examinados, resultaba difícil apreciar una infracción. Se trataba de una valoración profesional para responder ante la plataforma, no de una sentencia judicial que declarase la inexistencia de infracción.

El resultado no sustituye al análisis de cada caso

La venta se reanudó dos días después del encargo. Ese plazo corresponde a este asunto y no garantiza el tiempo de resolución de otras denuncias. Una misma expresión, utilizada para otro producto o presentada de otro modo, puede exigir una valoración distinta.

Añadir o suprimir una letra no debe sustituir a la revisión del nombre y la ficha. Conviene explicar con precisión la estructura y el uso del producto y comprobar si persisten elementos susceptibles de confundirse con la marca de otra empresa. Lo esencial es conectar las afirmaciones con pruebas concretas.

Referencias jurídicas coreanas

El análisis se apoya en los artículos 38, 90 y 108 de la Ley de Marcas de Corea y en las sentencias del Tribunal Supremo 2010Da20778, de 27 de diciembre de 2011, y 2011Hu538, de 28 de julio de 2011. Estas resoluciones orientan la comparación de signos y productos; no resuelven este asunto de Coupang.

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