
La cuestión técnica
La sentencia coreana 2025Heo10512, de 16 de julio de 2026, versa sobre la patente n.º 2068513, relativa a un óxido metálico policristalino, su fabricación y productos que lo contienen. Buscaba estabilizar el material catódico reduciendo el uso de cobalto costoso. La reivindicación 1 concentra más cobalto en límites entre cristalitos con litio, níquel y oxígeno. Tras la nulidad declarada por el IPTAB el 31 de julio de 2025, el titular defendió el sentido científico habitual: una frontera de unos 0,5–1 nm entre cristalitos de distinta orientación.

Las cifras y los dibujos delimitaban una región mayor
La memoria describía 1–200 nm; los mapas elementales indicaban 50–150 nm, con una media cercana a 100 nm. A partir del problema técnico y de las imágenes EDX, el tribunal interpretó el término como una región rica en cobalto de 1–200 nm. No autorizó ampliar o reducir arbitrariamente las reivindicaciones. La publicación japonesa 2003-59489, de 28 de febrero de 2003, describía una zona enriquecida de unos 50 nm próxima a la superficie de partículas primarias. La denominación era distinta, pero la estructura y las partículas sinterizadas de litio, níquel y oxígeno correspondían a lo reivindicado.

Distintos motivos para distintas reivindicaciones
Las reivindicaciones 1, 3 y 11 carecían de novedad y actividad inventiva frente al antecedente 5. Las 2, 4 a 8 y 10 carecían de actividad inventiva: no se explicó una relevancia técnica de los intervalos que superase la selección rutinaria. Las 9 y 12, sobre recubrimiento protector y batería, resultaban obvias al combinar los antecedentes 5 y 4. El método de la 13 fallaba por el 5 o por esa combinación, según la partícula. Se mantuvo la nulidad, sin afirmar que las trece reivindicaciones carecieran de novedad.

Suficiencia y claridad son cuestiones distintas
El tribunal rechazó los ataques de insuficiencia y falta de claridad: los intervalos y la medición EDX permitían comprobar las concentraciones; una distribución próxima al 3 % atómico aclaraba «sustancialmente uniforme». Los antecedentes 1 y 2 no demostraban el enriquecimiento pertinente y diferían en proporciones o proceso. Deben definirse coherentemente los términos especiales mediante regiones, dimensiones y mediciones, comparar estructuras con nombres distintos y justificar los intervalos numéricos. Una descripción clara no acredita por sí sola novedad o actividad inventiva.
Se conservan las indicaciones y formas originales; el contenido se explica en el texto.
