
El canon del 5% no era la cuota del inventor
El Tribunal de Patentes de Corea, en sentencia de 10 de septiembre de 2026, asunto 2025Na10216, examinó la remuneración de una invención laboral sobre la cepa BNR17. Bioneer había adquirido los derechos del empleado y cobraba a AceBiome un 5% de las ventas de los productos contractuales. La contraprestación incluía patente, uso de la cepa, marcas, conocimientos técnicos y datos experimentales.
Ese porcentaje entre empresas no equivalía a la remuneración del investigador. Se valoraron el contrato y la explotación efectiva, incluidas las marcas BNR17 y AceBiome en los envases. Aunque se enumeraban otras patentes, no se discutía que únicamente la patente litigiosa se practicaba en los productos.

Un reparto del 40:40:10:10 basado en las pruebas del caso
El tribunal atribuyó un 40% a la patente, un 40% al uso de la cepa, un 10% a las marcas y un 10% a conocimientos y datos. Autorizar una patente y permitir el aprovechamiento de un material biológico suministrado son prestaciones distintas. La disponibilidad de la cepa para producción masiva y los datos para fabricación y trámites sobre ingredientes funcionales tenían valor propio.
No son porcentajes generales. Tampoco los gráficos de la patente expresan el reparto: la figura 4 muestra recuento bacteriano, glucosa y polisacáridos durante el cultivo; las figuras 5 y 6 comparan cantidad de heces y polisacáridos fecales entre controles y grupos tratados con BNR17. Su función es explicar la invención.



Proyecciones justificadas hasta la caducidad
Se computaron ingresos recibidos y los razonablemente esperados hasta el vencimiento del 14 de mayo de 2027. No se aceptó ni un crecimiento indefinido ni la repetición automática del descenso anual anterior. La estimación partió del primer trimestre de 2026 y descontó los ingresos futuros a valor presente.
Los cánones tecnológicos ascendieron a 78.137.977.755 KRW. El componente de patente del 40%, 31.255.191.102 KRW, constituyó el beneficio empresarial relevante para el cálculo.
Dos contribuciones con funciones diferentes
La aportación inventiva al resultado global se fijó en un 10%, considerando investigación acumulada, personal, instalaciones, inversión y riesgo empresarial. Separadamente, el demandante obtuvo un 50% entre los coinventores por orientar la investigación y diseñar los experimentos. También se reconocieron las aportaciones de los demás en ensayos, supervisión y selección de la cepa.
Aplicando sucesivamente el 10% y el 50% a 31.255.191.102 KRW, la remuneración fue de 1.562.759.555 KRW. Se modificó la sentencia de primera instancia y se ordenó pagar esa suma con los correspondientes intereses o daños por demora, desestimando el resto.
Prescripción y procedimiento interno
Por la fecha de adquisición de los derechos se aplicaba la anterior Ley coreana de Patentes. La excepción de prescripción decenal no prosperó: las normas laborales exigían una comisión para determinar beneficiarios y cuantía, pero no se había reunido. El tribunal apreció un impedimento jurídico para ejercer la reclamación; no afirmó que cualquier invención antigua pudiera reclamarse sin límite.
Conviene documentar cada activo del contrato y su uso, las ideas y diseños experimentales del investigador, y la investigación e inversión de la empresa. Las comisiones previstas en las normas de remuneración deben funcionar y dejar constancia de sus actuaciones. El cálculo exige ese análisis, no únicamente una cifra de ventas.
Se conservan las indicaciones y formas de las imágenes originales; los hechos y el razonamiento judicial se explican en el texto.
