El litigio y su objeto
El 30 de abril de 2026, el Tribunal de Patentes de Corea examinó si «250 SERIES», utilizado en recambios de bolsas continuas para cubos de basura, quedaba comprendido en el alcance de la marca «250», registro 1359896. El órgano coreano de revisión de propiedad industrial había respondido afirmativamente en la resolución 2023당3227, de 16 de mayo de 2025. El vendedor impugnó esa resolución: el número, alegó, indicaba el modelo de cubo compatible, no el origen empresarial del recambio.

El uso como marca precede al examen de similitud
El tribunal valoró la relación entre signo y producto, su posición y tamaño, la notoriedad y las circunstancias e intención del uso. El propio titular utilizaba M220, M250 y M280 como modelos y colocaba el número junto a un nombre de producto diferente. No había prueba suficiente de que «250» identificara por sí solo un origen conocido. La colocación del símbolo de registro junto al nombre, pero no al número, fue un indicio contextual; no implica que omitir ese símbolo extinga derechos.
Lo que comunicaba el envase
La marca gráfica BestGoods destacaba en la parte superior; «250 SERIES» aparecía abajo, en negro como la información descriptiva. Otros proveedores también empleaban números de modelo para indicar compatibilidad. Las capacidades 14, 16, 20, 21 y 30 litros correspondían a los cubos compatibles, no a una bolsa de 250 litros. No cabía presumir que el comprador conociera el perímetro de 70 cm del modelo M250. La caja exterior mostraba únicamente la marca propia del vendedor.


Conclusión y límites
El tribunal anuló la resolución porque, en esas condiciones, no apreció uso de «250 SERIES» como indicación de origen del recambio. No declaró inválida la marca «250» ni autorizó con carácter general el uso de signos ajenos en productos compatibles. La conclusión se refiere al signo, los productos y la presentación concretamente examinados.
Aplicación práctica
Conviene diferenciar visualmente la marca propia de la información de compatibilidad y revisar el envase y la oferta completos. La palabra «compatible» no constituye una defensa automática. Los titulares de marcas numéricas deberían conservar pruebas de su función distintiva. En un litigio, las imágenes completas, las páginas de venta y las prácticas comerciales pueden resultar decisivas.
Las figuras comparativas conservan las formas y las indicaciones del original coreano.
