
La controversia sobre un equipo de recubrimiento
El Tribunal Supremo de Corea desestimó el recurso el 17 de noviembre de 2022, en el asunto 2019Hu11268. DKT solicitaba la nulidad de una patente de PNT sobre un equipo de recubrimiento por rodillos, presentada el 21 de septiembre de 2006, por supuesta apropiación de una invención ajena. Además de la titularidad del derecho a obtener la patente, se discutían separadamente la novedad y la actividad inventiva.
El derecho a obtener la patente y su prueba
Los artículos 33.1 y 133.1.2 de la antigua Ley de Patentes coreana aplicable al caso reconocían ese derecho al inventor o a su sucesor legítimo y contemplaban la nulidad de la patente obtenida por quien carecía de él. Inventor es quien realiza efectivamente la actividad creadora de la idea técnica. Que solicitante e inventor sean personas distintas no basta para apreciar una solicitud ilegítima: debe examinarse también la transmisión del derecho.
Quien alega la nulidad debe acreditar la falta de derecho, tanto en el procedimiento de nulidad como en el recurso judicial contra su resolución. La carga de la prueba determina quién soporta las consecuencias de que los hechos no queden demostrados. La mera presencia de una tecnología parecida no resuelve esa cuestión.
Desarrollo propio y acceso anterior a la solicitud
Un fabricante había facilitado la invención anterior 2 a la cotitular Mirae Nanotech antes de la solicitud. El Supremo admitió que podía existir una identidad sustancial con la invención patentada. Esta incorporaba una unidad con lámina maestra y tres conjuntos de suministro de material de recubrimiento para superar problemas del sistema tradicional de rodillo maestro.
Aunque PNT hubiera recibido posteriormente esa tecnología de Mirae Nanotech, ya había completado por sí misma un equipo con la citada unidad de lámina maestra. Tampoco había prueba suficiente de que conociera el contenido de la invención anterior 2 antes de presentar la solicitud. La entrega a la cotitular y el conocimiento previo por la solicitante son hechos diferentes. La documentación aportada no acreditó una copia no autorizada de las invenciones anteriores 1 o 2.
La patentabilidad exigía un examen independiente
La instancia anterior no consideró probado que las invenciones 1 y 2 fueran públicamente conocidas o explotadas en Corea antes de la solicitud. La invención anterior 3, conocida públicamente en el país, tampoco destruía la novedad ni la actividad inventiva. El Supremo confirmó estos razonamientos y desestimó el recurso. El análisis de divulgación nacional responde a la antigua ley aplicable al litigio; no limita a documentos coreanos el estado de la técnica actual.
Dos cronologías que conviene documentar
En proyectos conjuntos o fabricación externalizada, los planos fechados, ensayos y versiones deben permitir identificar qué elementos se completaron, por quién y en qué momento. Conviene separar la configuración esencial de las incorporaciones posteriores. La posesión de documentos técnicos no demuestra por sí sola la autoría de la invención.
Quien comunica tecnología debe conservar su contenido, destinatarios, fechas y acuerdos de atribución o transmisión. La impugnación necesita enlazar la invención, el acceso previo a la solicitud y la ausencia de autorización; la defensa debe concretar el desarrollo independiente y su cronología. Semejanza técnica, posesión documental y derecho a obtener la patente requieren pruebas diferenciadas.
Se conservan las indicaciones y formas de las imágenes originales; los hechos y el razonamiento judicial se explican en el texto.
