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El examen del elemento dominante o de componentes separados sirve de apoyo a la apreciación global. Aunque coincidan en apariencia, pronunciación o concepto, las marcas pueden ser diferentes si su impresión de conjunto permite evitar claramente la confusión sobre el origen.
El antiguo artículo 7 de la Ley de Marcas exigía comparar la marca solicitada con una marca anterior ajena y comprobar también la identidad o similitud de los productos. La comparación debía ser objetiva y global, considerando los signos por separado y el riesgo de confusión sobre el origen.
Existe similitud visual cuando las letras, figuras o símbolos pueden confundirse como signos que identifican el origen de los productos. La valoración debe atender a la impresión intuitiva que producen las marcas al observarlas por separado.
La marca registrada consta de cinco caracteres chinos. El elemento menor «化粧品» indica o evoca directamente los cosméticos designados y carece de carácter distintivo. En cambio, «雪黃» es una expresión inventada, ajena a esos productos, y posee carácter distintivo.
La marca solicitada «Enlux» está escrita en tres sílabas coreanas, mientras que la anterior «emnux» contiene cinco letras latinas. Sus apariencias difieren. Ambas son expresiones inventadas sin significado definido, por lo que no procede compararlas conceptualmente.
Productos de la clase 5: coadyuvantes del tratamiento del cáncer, preparados para revitalización celular, antineoplásicos, preparados biológicos, tranquilizantes, medicamentos para el sistema nervioso periférico, antiinflamatorios, preparados de diagnóstico médico y medicamentos para el sistema circulatorio.
La similitud entre marcas se evalúa de forma objetiva y global a partir de su apariencia, pronunciación y concepto, considerando los signos por separado y la percepción de consumidores y comerciantes. El criterio es el riesgo de confusión sobre el origen de los productos.
La similitud visual se refiere al riesgo de confundir las letras, figuras o símbolos de las marcas como indicadores del origen de los productos. Debe atenderse especialmente a la impresión intuitiva al observar los signos por separado.
La similitud entre marcas se evalúa de forma objetiva y global a partir de su apariencia, pronunciación y concepto, considerando los signos por separado y la percepción de consumidores y comerciantes. El criterio es el riesgo de confusión sobre el origen de los productos.