# Nulidad del diseño y pérdida del interés en recurrir: sentencia coreana 2024Heo15950

El Tribunal de Patentes de Corea declaró inadmisible la demanda sobre el alcance de un diseño tras su nulidad firme, pero impuso las costas a la parte demandada.

Source: https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1888

INICIO / Noticias y análisis Noticias y análisis Nulidad del diseño y pérdida del interés en recurrir: sentencia coreana 2024Heo15950 El Tribunal de Patentes de Corea declaró inadmisible la demanda sobre el alcance de un diseño tras su nulidad firme, pero impuso las costas a la parte demandada. Diseños y marcas 2026.10.28 publicado IPLEX 5 min de lectura El diseño de una esponja cosmética con rodillo La sentencia del Tribunal de Patentes de Corea de 22 de julio de 2026, asunto 2024Heo15950, aborda una cuestión procesal: si subsiste el interés en impugnar una resolución sobre el alcance de un derecho cuando ese derecho ha dejado de existir. El diseño n.º 1198560, relativo a una esponja cosmética con rodillo, se solicitó el 18 de enero de 2022 y se registró el 4 de enero de 2023. La esponja gira durante la aplicación y puede separarse para sustituirla. Las líneas continuas delimitaban la parte protegida; las discontinuas quedaban excluidas. Las vistas 1.1–1.3, 1.4–1.7 y la vista de referencia 1.1 permiten distinguir esa parte del producto completo, incluido el mango. Tres vistas del diseño registrado n.º 1198560: la esponja aparece con líneas continuas y el mango con líneas discontinuas Vistas del diseño registrado desde distintas direcciones y vista de referencia de la esponja separada Dos procedimientos paralelos El 7 de noviembre de 2023, la demandante solicitó una declaración negativa de alcance: pretendía que se confirmara que su diseño no estaba comprendido en la protección del registrado. Las fotografías reproducen el diseño concreto sometido a ese procedimiento coreano. También promovió la nulidad del registro. El 20 de noviembre de 2024, el órgano coreano de recursos en propiedad industrial rechazó ambas solicitudes: consideró que existía similitud y que el diseño examinado quedaba dentro del alcance protegido; por separado, descartó los motivos de nulidad. La demandante impugnó las dos resoluciones. En el procedimiento de nulidad 2024Heo15943, el Tribunal de Patentes anuló el rechazo el 19 de noviembre de 2025, al entender que el registro debía declararse nulo. Tras adquirir firmeza esa sentencia, el expediente volvió al órgano administrativo; su nueva resolución de nulidad quedó firme el 29 de mayo de 2026. Fotografías del diseño examinado en el procedimiento, con la esponja redondeada y su orificio de acoplamiento desde varios ángulos La confirmación exige un derecho existente El tribunal explicó que el procedimiento de confirmación del alcance tiene por objeto delimitar un derecho de diseño existente. Desaparecido el derecho, deja de haber interés en obtener esa declaración. En este caso, la nulidad firme determinó que el derecho se considerara inexistente desde su origen. No se trataba simplemente del vencimiento del plazo de protección, sino del efecto propio de la nulidad. La resolución impugnada resultaba, por tanto, contraria a Derecho por referirse a un derecho inexistente. Sin embargo, también había desaparecido el interés jurídico de la demandante en solicitar su anulación. Ambas cuestiones debían examinarse separadamente. Inadmisibilidad, sin nuevo examen de similitud El tribunal declaró inadmisible la demanda por pérdida del interés procesal. La necesidad jurídica de obtener una decisión debe subsistir durante el procedimiento; su existencia inicial no impide que desaparezca por circunstancias posteriores. Esta terminación procesal no equivale a desestimar, en cuanto al fondo, el argumento de que los diseños no eran similares. La sentencia tampoco realizó una nueva comparación de sus apariencias. La controversia comenzó como una discusión sobre el alcance de protección, pero terminó por el efecto de la nulidad declarada en otro procedimiento. Esa secuencia explica la diferencia entre el debate inicial y la razón del fallo. Las costas correspondieron a la demandada Pese a declarar inadmisible la demanda, el fallo impuso las costas a la parte demandada. El tribunal aplicó para ello el artículo 99 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de Corea. La forma de terminación del proceso y la condena en costas son decisiones distintas. No cabe deducir de la inadmisibilidad que la demandante deba soportarlas automáticamente. Tampoco procede interpretar las costas como una conclusión sobre la similitud de los diseños. La demanda terminó por falta de interés jurídico, mientras que el tribunal resolvió separadamente quién debía asumir los gastos procesales. Consecuencias para la gestión del litigio En la práctica, conviene coordinar los procedimientos de nulidad y de confirmación del alcance relativos a un mismo diseño. Aunque persiguen objetivos distintos, el resultado de uno puede modificar la utilidad jurídica del otro. Si la nulidad adquiere firmeza mientras se preparan argumentos sobre la apariencia del producto, debe revisarse tanto la subsistencia del derecho como la necesidad de continuar la impugnación. Esa valoración procesal es diferente del análisis de similitud. Al informar sobre una resolución, es esencial distinguir entre anulación de la decisión administrativa, desestimación de fondo e inadmisibilidad. Seguir la evolución de los asuntos paralelos permite comprender correctamente el final del litigio y la distribución de las costas. Se conservan las indicaciones y formas originales; el contenido se explica en el texto. Leer el original coreano Este artículo del archivo refleja la situación en su fecha de publicación. Contacte con el despacho para analizar su caso. Consultar sobre este tema ↗ Todos los artículos Servicio relacionado: diseños y marcas ↗ Servicio relacionado: litigios y recursos en propiedad intelectual ↗ EN ESTA PÁGINA El diseño de una esponja cosmética con rodillo Dos procedimientos paralelos La confirmación exige un derecho existente Inadmisibilidad, sin nuevo examen de similitud Las costas correspondieron a la demandada Consecuencias para la gestión del litigio HABLE CON IPLEX Consulte sus necesidades de propiedad intelectual Analizamos conjuntamente sus necesidades tecnológicas y empresariales. ↗ Contactar Más reciente La patente de síntesis de voz de Microsoft: sonidos, palabras y estructura de la oración ↗ Anterior Caducidad de una marca en Corea: notificación al administrador de la quiebra ↗ Artículos relacionados Diseños y marcas 2026.10.29 Diseños relacionados: una parte superior distinta puede conservar la misma impresión general El asunto coreano 2026Heo10106 analiza si las diferencias en los mandos y la tapa de un procesador de residuos alimentarios alteraban sus proporciones y silueta comunes. ↗ Lea el artículo Diseños y marcas 2026.10.29 METAVIEW y metaVu: el peso de la pronunciación en Corea La sentencia coreana 2025Heo10544 explica por qué las diferencias visuales entre marcas de software no neutralizaron su identidad o gran similitud fonética. ↗ Lea el artículo Diseños y marcas 2026.10.28 Caducidad de una marca en Corea: notificación al administrador de la quiebra La sentencia 2025Heo10 del Tribunal de Patentes de Corea anuló una resolución por no notificar la solicitud al administrador de la quiebra ni permitirle defenderse. ↗ Lea el artículo

- https://www.iplexlaw.co.kr/es
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/category/trademark
- https://www.iplexlaw.co.kr/ko/blog/brunch-case-1888
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/contact
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/ip-solutions/trademark#related-insights
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/ip-solutions/disputes#related-insights
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1888#article-1888-en-0
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1888#article-1888-en-1
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1888#article-1888-en-2
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1888#article-1888-en-3
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1888#article-1888-en-4
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1888#article-1888-en-5
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/contact
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/microsoft-multilevel-tts
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1887
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1894
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1894
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1893
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1893
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1887
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1887
