# Dibujos de diseño, configuración de uso y alcance de la protección

El asunto coreano 2025Heo10374 analiza por qué la posibilidad de ajustar un adorno funerario no extendía la protección a cualquier configuración.

Source: https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1826

INICIO / Noticias y análisis Noticias y análisis Dibujos de diseño, configuración de uso y alcance de la protección El asunto coreano 2025Heo10374 analiza por qué la posibilidad de ajustar un adorno funerario no extendía la protección a cualquier configuración. Diseños 2026.10.13 publicado IPLEX 7 min de lectura El diseño y el procedimiento El Tribunal de Patentes de Corea desestimó la demanda el 20 de noviembre de 2025, en el asunto 2025Heo10374. El diseño 30-0657181, solicitado el 10 de febrero de 2012 y registrado el 21 de agosto, correspondía a un adorno pectoral para una prenda funeraria: cuerpo cuadrado, cintas horizontales y dos cintas verticales. El titular solicitó una declaración positiva de inclusión en el ámbito del derecho el 22 de noviembre de 2023. El órgano de recursos de propiedad industrial la rechazó el 3 de abril de 2025, asunto 2023Dang3712. La demanda posterior impugnaba esa resolución, no la validez del registro. Comparación de las perspectivas y vistas frontales de ambos diseños La posibilidad de ajuste no representa todas las formas Los dibujos registrados mostraban cintas simétricas; el diseño comparado tenía la izquierda más larga. El titular invocó una descripción que permitía pasar la cinta por orificios laterales para regular su longitud. El Tribunal atendió conjuntamente a la solicitud, dibujos, fotografías o muestras y descripción. No se había representado la asimetría alegada ni acreditado que el uso produjera necesariamente la misma transformación que en el producto comparado. Poder ajustar un artículo no equivale a una variación predeterminada e inevitable al usarlo. Vista de uso del adorno registrado sobre la prenda funeraria También cuenta la apariencia durante la venta El cuerpo y la disposición de las cintas coincidían, pero sus extremos eran rectangulares en un diseño y triangulares en el otro. Las uniones posteriores quedaban ocultas o expuestas; una cinta era móvil y las otras estaban fijadas con longitudes desiguales. También variaban las proporciones entre cintas horizontales y verticales. Aunque un nudo ocultara los extremos al vestir la prenda, el comprador podía observarlos, al igual que el reverso, al elegirla. Esas diferencias contribuían a la impresión estética global. Comparación posterior de las uniones de las cintas El registro no protegía una forma sin limitaciones gráficas La solicitud definía una combinación de forma y dibujo. Existían bordes repetidos con líneas continuas, decoración en el interior del cuerpo en la vista de uso y cintas lisas de un solo color no especificado. El Tribunal descartó que todo el diseño fuera únicamente una forma sin restricciones de dibujo o color. El producto comparado incorporaba una rueda con un símbolo budista y letras ornamentales. La configuración básica de estos adornos era antigua y conocida, por lo que no procedía ampliar la semejanza como si se tratase de un artículo nuevo. La incorporación exige conservar los rasgos esenciales Se examinó separadamente si el diseño posterior incluía íntegramente lo esencial del registrado, sin alterarlo, de modo que utilizar aquel implicara necesariamente utilizar este. Las diferencias de extremos, uniones, longitudes, proporciones y ornamentación excluyeron esa relación. Incluso bajo la hipótesis de un registro limitado a la forma, las diferencias estructurales llevaban al mismo resultado. La decoración no fue el único motivo decisivo. Implicaciones para la solicitud y la comparación El diseño comparado no era idéntico ni semejante ni incorporaba el registrado en el sentido jurídico exigido; la impugnación fracasó. En productos ajustables conviene representar las configuraciones que se pretende proteger y coordinarlas con la descripción. Debe compararse la apariencia conjunta en la venta y el uso, incluidos elementos ocultos al utilizar el artículo pero visibles al adquirirlo. La incorporación requiere su propio análisis, incluso después de examinar la semejanza. Se conservan las indicaciones y formas de las imágenes originales; los hechos y el razonamiento judicial se explican en el texto. Leer el original coreano Este artículo del archivo refleja la situación en su fecha de publicación. Contacte con el despacho para analizar su caso. Consultar sobre este tema ↗ Todos los artículos Servicio relacionado: diseños y marcas ↗ Servicio relacionado: litigios y recursos en propiedad intelectual ↗ EN ESTA PÁGINA El diseño y el procedimiento La posibilidad de ajuste no representa todas las formas También cuenta la apariencia durante la venta El registro no protegía una forma sin limitaciones gráficas La incorporación exige conservar los rasgos esenciales Implicaciones para la solicitud y la comparación HABLE CON IPLEX Consulte sus necesidades de propiedad intelectual Analizamos conjuntamente sus necesidades tecnológicas y empresariales. ↗ Contactar Más reciente LaCT: memoria temporal de IA actualizada en bloques grandes ↗ Anterior Gwangcheon: la reputación regional como fundamento de una indicación geográfica ↗ Artículos relacionados Diseños 2026.10.15 Diseños de vestidos: impresión global y facilidad de creación El asunto coreano 2024Heo13978 separa la similitud del diseño de su posible creación mediante combinaciones de antecedentes. ↗ Lea el artículo Diseños 2026.10.14 Un diseño de baldosa distinto también puede ser rechazado El asunto coreano 2024Heo71 diferencia la impresión visual de la facilidad de creación de un diseño. ↗ Lea el artículo Diseños 2026.10.12 Similitud de diseños: las formas funcionales también cuentan en la impresión global El asunto coreano 2025Hu10235 examina elementos conocidos, formas funcionales alternativas y la defensa basada en diseños de libre realización en un litigio sobre mascarillas. ↗ Lea el artículo

- https://www.iplexlaw.co.kr/es
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/category/design
- https://www.iplexlaw.co.kr/ko/blog/brunch-case-1826
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/contact
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/ip-solutions/trademark#related-insights
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/ip-solutions/disputes#related-insights
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1826#case-1826-en-0
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1826#case-1826-en-1
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1826#case-1826-en-2
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1826#case-1826-en-3
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1826#case-1826-en-4
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1826#case-1826-en-5
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/contact
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/lact-large-chunk-test-time-training
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1825
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1833
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1833
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1830
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1830
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1823
- https://www.iplexlaw.co.kr/es/blog/brunch-case-1823
